17.8.09

Incrementan penas para homicidio culposo en tránsito

Redacción Palmira
El Periódico
En esta semana se cumple un mes de entrar en vigencia la Ley 1326 que endureció las penas para quienes cometan homicidios en accidente de tránsito en estado de alicoramiento o bajo los efectos de sustancias psicoactivas. Son pocos los ciudadanos del común que conocen los alcances de esta nueva Ley en vigencia desde el pasado julio 15 de 2009 y que modifica un artículo 110 del Código Penal. Con esta modificación, se busca castigar drásticamente a quienes en estado de embriaguez o por haber consumido sustancias psicoactivas, ocasionan accidentes de tránsito con víctimas fatales. Con la Ley 1326, el texto vigente para el artículo 110 del Código quedó con el siguiente texto, que incluye además la no tenencia de la licencia de conducción y el transporte público de pasajeros sin el lleno de los requisitos: Artículo 110. Circunstancias de agravación punitiva para el homicidio culposo. La pena prevista en el artículo anterior (Art. 109, Homicidio Culposo) se aumentará:
1. Si al momento de cometer la conducta, el agente se encontraba bajo el influjo de bebida embriagante, droga o sustancia que produzca dependencia física o psíquica y ello haya sido determinante para su ocurrencia, la pena se aumentará de la mitad al doble de la pena.
2. Si el agente abandona sin justa causa el lugar de la comisión de la conducta, la pena se aumentará de la mitad al doble de la pena.
3. Si al momento de cometer la conducta, el agente no tiene licencia de conducción o le ha sido suspendida por la autoridad de tránsito, la pena se aumentará de una sexta parte a la mitad.
4. Si al momento de los hechos el agente se encontraba transportando pasajeros o carga pesada sin el lleno de los requisitos legales, la pena se aumentará de una cuarta parte a tres cuartas partes.
5. Si al momento de los hechos el agente se encontraba transportando niños o ancianos sin el cumplimiento de los requisitos legales, la pena se aumentará de una cuarta parte a tres cuartas partes.

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