6.9.09

Mineducación recuerda cumplimiento de calendario académico en colegios privados

PALMIRA - Con el fin de asegurar que se dé cumplimiento al calendario académico en establecimientos no oficiales, el Ministerio de Educación Nacional expidió el pasado 21 de agosto la Directiva Ministerial No. 15. En ella recordó a gobernadores, alcaldes y secretarios de educación, el cumplimiento del calendario académico y los recesos estudiantiles en establecimientos educativos privados.
En la Directiva se explica que los establecimientos deberán organizar calendarios académicos que den cumplimiento a las horas efectivas anuales fijadas en la Resolución 1730 de 2004, que establece 800 horas para el preescolar, 1.000 en básica primaria y 1.200 en básica secundaria y media. Adicionalmente sí los colegios no oficiales organizan horarios con más de 30 horas semanales, cada 30 horas adicionales acumuladas se contarán como una semana lectiva adicional.
La norma explica que una hora efectiva es entendida como el tiempo de 60 minutos que destinó a una actividad académica. De este tiempo se excluye el tiempo destinado al recreo y al almuerzo. La Directiva explica que el calendario académico se organiza por periodos anuales de 40 semanas o por periodo semanales de 20 semanas de duración mínima, con jornadas diarias de 6 horas, equivalente a 30 horas de actividad académica semanal para la educación básica y media. Finalmente, la normativa recuerda que para los establecimientos educativos privados, sólo esta establecido como receso estudiantil obligatorio 5 días en la semana inmediatamente anterior al feriado del descubrimiento de América.

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